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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0475/2008
Fecha: 2009-02-17
Carátula: NUSKE CRISTIAN GABRIEL C/ SYLPA S.R.L. Y OTROS S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS
Descripción: CONTESTA DEMANDA
EXPTE. Nº 0475/2008
CARATULA: NUSKE CRISTIAN GABRIEL C/ SYLPA S.R.L. Y OTROS S/ SUMARISIMO - DAÑOS Y PERJUICIOS
Viedma, febrero de 2.009.-
Proveyendo a fs. 50/118:
Por presentada, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma. De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber que deberá acompañar copia para traslado del expte nº 122507 S/ RECLAMO SR. CRISTIAN G. NUSKE- S.A.OESTE S/DAÑOS.-
Hágase saber a la profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
Proveyendo a fs. 119/130:
Por presentado, parte y constituido el domicilio. Agréguese la documental acompañada.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma. De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
s.b.s.
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro