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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0936/00/5
Fecha: 2009-02-17
Carátula: CITIBANK N.A. C/ RANUCCI ADA SUSANA S/ SECUESTRO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: CITIBANK NA y Dr. Alberto José Brusa
Domicilio: Brown 340 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CITIBANK N.A. C/ RANUCCI ADA SUSANA S/ SECUESTRO ", Expte. Nº 0936/00/5, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, febrero 12 de 2.009.- Por recibidos los autos principales. Agréguese la media carátula. Atento el secuestro efectuado según diligencia realizada a fs. 34, teniendo en cuenta las constancias de la causa y a los fines de evitar posibles perjuicios, requiérase a la parte actora para que dentro del plazo de 5 días se manifieste en forma concreta respecto a lo requerido por Gendarmería Nacional con jurisdicción en la Provincia de Neuquén. Notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de febrero de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro