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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0712/2007
Fecha: 2009-02-13
Carátula: RAPIMAN EDA BEATRIZ C/ MUTUAL DE GASTRONOMICOS (MU.TRA.GAS.) S/ ORDINARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0712/2007.-
CARATULA: RAPIMAN EDA BEATRIZ C/ MUTUAL DE GASTRONOMICOS (MU.TRA.GAS.) S/ ORDINARIO.-
Viedma, febrero de 2009.-
Atento lo peticionado, certifique la Actuaria sobre el vencimiento del término probatorio y las pruebas producidas. Fecho vuelvan.-
Fermín Donate
Juez Subrogante
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio y que la parte actora ha producido la prueba informativa, la que obra a fs. 32/35.-
SECRETARIA, febrero de 2009.-
R.B.
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, febrero de 2009.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 482 del C.Pr.. Notifíquese.-
R.B.
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro