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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0368/2008
Fecha: 2009-02-13
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA DANILO JAVIER S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)
Descripción: CONTESTA DEMANDA-opone excepcion-corre traslado
EXPTE. Nº 0368/2008
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA DANILO JAVIER S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)
Viedma, febrero de 2.009.-
Tiénese a los presentantes por parte a mérito del poder acompañado y por constituido nuevo domicilio. Notifíquese.-
Por contestada la demanda en tiempo y forma. Por opuesta excepción de prescripción de la misma, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-
Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-
e.z
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro