Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0368/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-13

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA DANILO JAVIER S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)

Descripción: CONTESTA DEMANDA-opone excepcion-corre traslado

EXPTE. Nº 0368/2008

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ VEGA DANILO JAVIER S/ ORDINARIO (COBRO DE PESOS)

Viedma, febrero de 2.009.-

Tiénese a los presentantes por parte a mérito del poder acompañado y por constituido nuevo domicilio. Notifíquese.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma. Por opuesta excepción de prescripción de la misma, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Hágase saber a los profesionales intervinientes, que deberán cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

e.z

Fermín Donate

Juez Subrogante

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Poder Judicial de Río Negro