Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0827/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-13

Carátula: DOMKE ADRIAN DANTE C/ ENTRAIGAS ADRIANA ALEJANDRA S/ SECUESTRO PRENDARIO

Descripción: COMPARECE DEMANDADA acuerdo

EXPTE. Nº 0827/2008

CARATULA: DOMKE ADRIAN DANTE C/ ENTRAIGAS ADRIANA ALEJANDRA S/ SECUESTRO PRENDARIO

Viedma, febrero de 2.009.-

Tiénese a la sra. Entraigas por presentada, parte y por constituido el domicilio.-

Teniendo en cuenta los términos del acuerdo y en atención a la naturaleza de la acción, corresponde homologar lo acordado en los puntos 2 y 3. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Fermín Donate

Juez Subrogante

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