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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0827/2008
Fecha: 2009-02-13
Carátula: DOMKE ADRIAN DANTE C/ ENTRAIGAS ADRIANA ALEJANDRA S/ SECUESTRO PRENDARIO
Descripción: COMPARECE DEMANDADA acuerdo
EXPTE. Nº 0827/2008
CARATULA: DOMKE ADRIAN DANTE C/ ENTRAIGAS ADRIANA ALEJANDRA S/ SECUESTRO PRENDARIO
Viedma, febrero de 2.009.-
Tiénese a la sra. Entraigas por presentada, parte y por constituido el domicilio.-
Teniendo en cuenta los términos del acuerdo y en atención a la naturaleza de la acción, corresponde homologar lo acordado en los puntos 2 y 3. Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro