Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36307

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-13

Carátula: NICOSIA Luis Cesar c/PROVINCIA RIO NEGRO S/ Ordinario

Descripción: se fija anticipo para gastos.-

//neral Roca, 13 de Febrero de 2009.-

Al punto 1, téngase presente y por aceptado el cargo conferido por la perito psicóloga MARIA VIVANA IBARGUEN.-

Al punto 2, fíjase la suma de $ 300 en concepto de anticipo para gastos, la que deberá ser depositada dentro del plazo de CINCO DIAS, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 463 del CPC.-NOTIFIQUESE.-

A la mayor suma requerida, previamente deberá acreditarse la misma a los fines de su percepción.-

Al punto 3, suspéndase el plazo de presentación del dictamen pericial hasta tanto se encuentra a disposición de la perito el anticipo para gastos fijados precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro