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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0683/2003
Fecha: 2005-10-05
Carátula: VIAL RIONEGRINA SOCIEDAD DEL ESTADO C/ MINISINI ENRIQUE GERARDO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: DCIA. PAGO PARCIAL-EMB. SUELDO
EXPTE. No.: 0683/2003
CARATULA:VIAL RIONEGRINA SOCIEDAD DEL ESTADO C/ MINISINI ENRIQUE GERARDO S/ EJECUCION FISCAL
Viedma, octubre de 2005.-
Tiénese presente el pago parcial denunciado. En consecuencia, dése cumplimiento con la ley 869.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe Enrique Gerardo Minisini como empleado del Consejo Provincial de Educación hasta cubrir la suma de $ 3.122,39 en concepto de capital de sentencia, con más la suma de $ 1.056 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..
R.B.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro