Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0395/90/6

N° Receptoría:

Fecha: 2005-10-05

Carátula: ALVAREZ JOAQUIN Y ALVAREZ LUCRECIA S/ SUCESION

Descripción: PROVIDENCIA

EXPTE. Nº: 0395/90/6.-

CARATULA: "ALVAREZ JOAQUIN Y ALVAREZ LUCRECIA S/ SUCESION".-

Viedma, octubre de 2005.-

Por presentado, parte y con domicilio ya constituido.-

Por contestado el traslado conferido a fs. 205.-

Atento la cuestión suscitada en las presentes actuaciones, las manifestaciones efectuadas por las partes y teniendo en cuenta que a fs. 187 se liberan fondos a nombre del sr. Eloy Alvarez, a los fines de clarificar la situación requiérase al Banco Patagonia S.A. que informe, en el plazo de 5 días, el nombre de la persona que cobró la orden de pago judicial n° 15849 y en su caso explique las razones de tal proceder, remitiendo en su caso la documental pertinente. Ofíciese, adjuntándose copia de la mencionada orden de pago.-

A lo demás, tiénese presente para su oportunidad, si correspondiere.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro