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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37899
Fecha: 2009-02-11
Carátula: CREDIL S.R.L. c/JARA Angel Alberto S/ Ejecutivo
Descripción: a cheque.regulación x acrecidos.-
//neral Roca, 11 de Febrero de 2009.-
Agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Téngase presente la caución personal ofrecida y conformidad prestada en el Otrosi digo por el Apoderado de Caja Forense.-
Líbrese cheque a la orden de la DRA. MARCELA ADRIANA SAITTA por la suma de $ 645,77 en concepto de: saldo de liquidación aprobada a fs. 104.-
Regulo los honorarios profesionales, por acrecidso de la DRA. MARCELA ADRIANA SAITTA en la suma de $ .....MB$ 3.391,90 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Encontrandose suficientemente comprendido este rubro con la regulación efectuada a fs.20, a los complementarios solicitados no ha lugar
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se libró cheque No CONSTE.-
El /02/09 la Dra. SAITTA retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro