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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38912
Fecha: 2009-02-11
Carátula: BANCO FRANCES S.A. c/JORGE ARATA S.A.-ARATA Jorge Alberto S/ Ejecutivo
Descripción: dictamen de Caja Forense.-regulacion.-
//neral Roca, 11 de Febrero de 2009.-
Atento el dictamen del apoderado de Caja Forense y a fín de dar cumplimiento con el mismo, regulo los honorarios profesionales, por acrecidos del DR. HERNAN ETCHEVERRY en la suma de $ 1.400 MB: $ 29.407 -monto del acuerdo denunciado a fs. 186 punto I.-
Se deja cosntancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212).-
Notifiquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Previo al levantamiento de las medidas cautelares, cúmplase con la Ley 869 respecto de los honorarios regulados precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro