Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38912

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-11

Carátula: BANCO FRANCES S.A. c/JORGE ARATA S.A.-ARATA Jorge Alberto S/ Ejecutivo

Descripción: dictamen de Caja Forense.-regulacion.-

//neral Roca, 11 de Febrero de 2009.-

Atento el dictamen del apoderado de Caja Forense y a fín de dar cumplimiento con el mismo, regulo los honorarios profesionales, por acrecidos del DR. HERNAN ETCHEVERRY en la suma de $ 1.400 MB: $ 29.407 -monto del acuerdo denunciado a fs. 186 punto I.-

Se deja cosntancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212).-

Notifiquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Previo al levantamiento de las medidas cautelares, cúmplase con la Ley 869 respecto de los honorarios regulados precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro