include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38875
Fecha: 2009-02-10
Carátula: TEMPONE Graciela c/BARBISAN Fabio Luis S/ Ejecución de Honorarios
Descripción: Sent. 508-a CHEQUE
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA Nro. III .
SECRETARIA UNICA - II Circunscripción Judicial .
TOMO: _______________________________________ .
FOLIO: _______________________________________ .
SENTENCIA Nro. _______________________________ .
//neral Roca, 10 de FEBRERO de 2009.=
AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "TEMPONE GRACIELA C/BARBISAN FABIO LUIS S/EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. N* 38.875-III-08).-
CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo art. 508 del CPC y C,
b) Que el demandado no opuso excepción en término,
Por ello,
RESUELVO: Llevar la ejecución adelante contra FABIO LUIS BARBISAN------------------------- por la suma de $ 642,60.- con más sus intereses y costas.-
NOTIFIQUESE y REGISTRESE.-
Líbrese cheque a la orden de HERNAN MONES por la suma de $ 642,60.- en concepto de: a cuenta de liquidación (capital).
Previo al retiro de honorarios de fs. 35, cúmplase con Caja Forense.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En........se libró cheque N°........-CONSTE.
En.........retiro cheque Dr. HERNAN MONES. Conste.
<*****>
Poder Judicial de Río Negro