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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38712
Fecha: 2009-02-10
Carátula: CORRALON COMAHUE S.A. c/JUAN Sergio Daniel y Otro S/ Ejecutivo
Descripción: Regulación
//neral Roca, 10 de FEBRERO de 2009.=
Téngase presente el acuerdo suscripto por las partes y homológase el mismo con fuerza de sentencia. NOT.
Notifíquese al Sr. Daniel Marín.
Téngase presente la planilla de honorarios acompañada y los honorarios por acrecidos pactados respectos a los Dres. Rodolfo P. Formaro y Pablo Joaquin Gonzalez .
Al otro si digo, téngase presente.
Por su actuación regulo los honorarios del Dr. Fernando E. Detlefs en la suma de $ 250.- y los de la Dra.Mercedes Perez Borella en $ 150.- (M.B. $ 6.386,64.- arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro