Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37614

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-10

Carátula: BENITO Sandra R. c/SALOMON Luis O. S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: sent. 508-A CHEQUE

//neral Roca, 10 de FEBRERO de 2009.=

AUTOS Y VISTOS: Para resolver en autos caratulados "BENITO SANDRA R. C/SALOMON LUIS O. S/EJECUCION DE HONORARIOS" (Expte. N* 37.614-III-09).-

CONSIDERANDO: a) Que el título es ejecutivo art. 508 del CPC y C,

b) Que el demandado no opuso excepción en término,

Por ello,

RESUELVO: Llevar la ejecución adelante contra LUIS OMAR SALOMON------------------------- por la suma de $ 210.- con más sus intereses y costas.-

NOTIFIQUESE y REGISTRESE.-

Líbrese cheque a la orden de SILVA GIUSTINCICH por la suma de $ 210.- en concepto de: honorarios Dra. Benito y 5% aportes Caja Forense a cargo del demandado.

Regulo los honorarios de la Dra. Sandra Benito en la suma de $....... (M.B. $ 210.- arts. 6, 7 y 33 ley 2212).-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En........se libró cheque N°........-CONSTE.

En.........retiro cheque SILVANA GIUSTINCICH. Conste.

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Poder Judicial de Río Negro