Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0319/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-09

Carátula: PAEZ DANIELA RENE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ ORDINARIO S/ MEDIDA CAUTELAR

Descripción: vista Asesora

EXPTE. N° 0319/2008

CARATULA: PAEZ DANIELA RENE C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO Y OTROS S/ ORDINARIO S/ MEDIDA CAUTELAR

Viedma, febrero de 2009.-

Al escrito de fs. 45:

Sin perjuicio de que puede el peticionante solicitar la partida de nacimiento directamente ante el organismo, a los fines peticionados líbrese oficio al Registro Civil y Capacidad de las Personas, Delegación Viedma.-

Proveyendo a fs. 46;

Atento la naturaleza de la presente acción y teniendo en cuenta los nuevos hechos expuestos, a los fines que se expida con relación a la cautelar peticionada córrase vista a la sra. Defensora de Menores.-

Fermín Donate

Juez Subrogante

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