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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0802/2008
Fecha: 2009-02-09
Carátula: CONFIAR S.R.L. C/ KUCICH MERCEDES S/ EJECUTIVO
Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO
EXPTE. Nº: 0802/2008.-
CARATULA: "CONFIAR S.R.L. C/ KUCICH MERCEDES S/ EJECUTIVO".-
Viedma, febrero de 2.009.-
Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada, MERCEDES KUCICH como empleada de NUFRIO SOLEDAD hasta cubrir la suma de $ 650 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 76 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la empleadora mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.- sucursal Viedma. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar a la Dra. MARIA MARCELA SAVIOLI (D.N.I. nº 21.618.121) a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 270 por honorarios y la de $ 380 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, teniéndose previamente que cumplir la ley 869.-
a.p.
Fermín Donate
Juez Subrogante
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Poder Judicial de Río Negro