Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37755

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-09

Carátula: COOP. FARO Ltda. c/LOPEZ Maximo S/ Ejecución de Sentencia (*)

Descripción: se apruba liquidacion.A cheque.-

//neral Roca, 09 de Febrero de 2009.-

Al punto 1, agréguese el informe de saldo adjuntado.-

Al punto 2, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.68, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs.66 por la suma de $ 259,16 al 25/11/2008.-

Al punto 3, líbrese cheque a la orden de CARLA BENASSI por la suma de $ 259,16 en concepto de: saldo de liquidación aprobada precedentemente.-

Al punto 4, téngase presente la caución personal ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-

Al punto 5, regulos los honorarios profesionales de la DRA.LIDIA PATRICIA ESPECHE en la suma de $ .....MB:$ 1913,39 extracciones realizadas en autos.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de auqélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-

Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En la fecha se libró cheque No CONSTE.-

EL /02/09 CARLAM BENASSI retira cheque.CONSTE.-

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro