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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37755
Fecha: 2009-02-09
Carátula: COOP. FARO Ltda. c/LOPEZ Maximo S/ Ejecución de Sentencia (*)
Descripción: se apruba liquidacion.A cheque.-
//neral Roca, 09 de Febrero de 2009.-
Al punto 1, agréguese el informe de saldo adjuntado.-
Al punto 2, encontrandose vencido el traslado conferido a fs.68, aprúebase en cuanto ha lugar por derecho la planilla de liquidación practicada a fs.66 por la suma de $ 259,16 al 25/11/2008.-
Al punto 3, líbrese cheque a la orden de CARLA BENASSI por la suma de $ 259,16 en concepto de: saldo de liquidación aprobada precedentemente.-
Al punto 4, téngase presente la caución personal ofrecida para el inmediato libramiento del cheque.-
Al punto 5, regulos los honorarios profesionales de la DRA.LIDIA PATRICIA ESPECHE en la suma de $ .....MB:$ 1913,39 extracciones realizadas en autos.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de auqélla (arts. 6, 6 bis, 7, 8 y 40 Ley 2212 RN).-
Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se libró cheque No CONSTE.-
EL /02/09 CARLAM BENASSI retira cheque.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro