Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0687/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2009-02-05

Carátula: FELICIANO HORACIO BLAS S/ SUCESION

Descripción: CERTIFICA SUCESION -original-

EXPTE.N°0687/2008.-

CARATULA:FELICIANO HORACIO BLAS S/ SUCESION

Viedma, febrero de 2.009.-

Al escrito de fs. 26:

Agréguese. Atento lo peticionado y el estado de las presentes actuaciones, certifique la Actuaria sobre el vencimiento del término de la publicación de edictos y su resultado. Fecho vuelvan.-

Proveyendo a fs. 27:

Atento lo solicitado y constancias de la causa, desígnase Administrador Judicial provisorio de acuerdo a lo previsto en el art. 692 del C.Pr., al sr. Pablo Horacio Feliciano, quién deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria (art. 710 del C.Pr.). El mismo deberá llevar su cometido conforme las facultades y obligaciones previstas en los arts. 712 y 713 del C.Pr.. Oportunamente expídase testimonio.-

e.z

Señor Juez:

Certifico que el término de la publicación de edictos se encuentra vencido y que se han presentado en autos como herederos del causante: sus hijos Andrea Noemí Feliciano y Pablo Horacio Feliciano quienes acreditan su vocación hereditaria con las partidas de nacimiento obrantes a fs. 7 y 8, respectivamente. Conste.-

Secretaría, febrero de 2.009.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, febrero de 2.009.-

Atento la certificación que antecede y el pedido de declaratoria de herederos, córrase vista a la Fiscalía de Estado y al Ministerio Público Fiscal.-

e.z

Alejandro J. E. Moldes

Juez

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro