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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0576/2008
Fecha: 2009-02-05
Carátula: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO
Descripción: no ha lugar al embargo solicitado
EXPTE. Nº 0576/2008
CARATULA: ANTON JOSE FRANCISCO DE JAVIER C/ GALLUR S.R.L. S/ EJECUTIVO
Viedma, febrero de 2.009.-
Atento lo que surge del informe de fs. 38, teniendo en cuenta las constancias de la causa y en atención a lo dispuesto en la resolución dictada a fs. 54/55, a la medida solicitada no ha lugar.-
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Poder Judicial de Río Negro