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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37989
Fecha: 2009-02-04
Carátula: SOSA Alberto Alejandro c/D'ORRIO Jose y QUIRIDAN Rosalia S/ Ordinario
Descripción: providencia regulación
General Roca, 04 de febrero de 2009.-
Agréguese el convenio acompañado y téngase presente los honorarios fijados a favor de los letrados Claudio Alejandro Lopez, Maria Julieta Berduc y Horacio Javier Caffaratti.-
Atento el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales de los Dres. Juan Bautista Justo en $1500.- Pablo A. Gutierrez Colantuono en $ 500.- Bárbara Sanchez Pulgar en $ 350.- Luis Ancalao Pulgar en $350.- y Rodrigo Romera Bueno en $ 350.- y los de los peritos Esteban Andrés Casale en $ 400.- y Eduardo P. Sanchez en $ 350.- (M.B. $ 20.000.- arts. 6, 6 bis, 7 y 19 de la ley 2212).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios profesionales se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro