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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37892
Fecha: 2009-02-04
Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS c/DRACHEMBERG Juan Carlos S/ Ejecutivo
Descripción: se ordenan oficios.-
//neral Roca, 4 de Febrero de 2009.-
Al punto I, agréguese y téngase presente.-
Al punto II, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrense oficios a las instituciones bancarias con asiento esta ciudad, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 5.334,60 en concepto de capital con más la de $ 2.000 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuentas sueldos.-
Hágase saber a la presentante que de hacerse efectivo el embargo ordenado precedentemente deberá abstenerse de la presentación de los restantes oficios librados en autos en las restantes instituciones bancarias.-
Las sumas embargadas deberán ser transferidas al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro