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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0136/2007
Fecha: 2009-02-03
Carátula: AADI CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA C/ SILVA JOSE EDGARDO S/ SUMARIO
Descripción: NOT. LEY 869 EXPTES. ARCHIVO prof. y condenado en costas
C E D U L A
Señor: José Edgardo Silva - Dres. Luis Ramacciotti y Mónica Carrasco
Domicilio: Roca 73 (const.)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "AADI CAPIF ASOCIACION CIVIL RECAUDADORA C/ SILVA JOSE EDGARDO S/ SUMARIO", Expte. Nº 0136/2007, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría única, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, febrero 03 de 2.009.- Tiénese presente y atento lo peticionado, intímase a los profesionales intervinientes y al condenado en costas a dar cumplimiento con la ley 869. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, febrero 03 de 2009.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro