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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39203
Fecha: 2009-02-02
Carátula: CAÑUQUEO Zulema Antonia S/ Amparo (Salud Pública RN)
Descripción: providenciaOficios
General Roca, 27 de enero de 2009.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Agréguese la documentación acompañada.-
Atento las caracteristicas procesales de la acción de amparo previstas por la Constitución Provincial, que determina su resolución con un previo pedido de informes al organismo que supuestamente afecta los derechos de la parte actora, considero que el presente reclamo debe tramitar bajo dichas pautas procesales.-
En consecuencia, conforme lo dispuesto por el art.43 de la Constitución Provincial, requiéranse los siguientes informes, los que deberán ser contestados en el plazo perentorio de CUARENTA Y OCHO HORAS (48 HS.) asegurando el principio de contradicción en observancia del derecho de defensa y otras garantias de raigambre constitucional dentro de la bilateralidad restringida que caracteriza al instituto.-
En consecuencia librese oficio con adjunción de la documentación.-
Notifiquese por cédula al Sr. Gobernador y al Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Rio Negro, con entrega de copias de la demanda.- CUMPLASE POR SECRETARIA.-
Al Hospital de Allen, para que brinde un amplio informe sobre la situación y antecedentes que obren en dicho nosocomio de la Sra. Zulema Antonia Cañuqueo, debiendo asimismo responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si la Sra. Zulema Antonia Cañuqueo, es asistida en dicho organismo. En caso afirmativo, por qué profesional, motivos, diagnóstico, estudios realizados y tratamiento aconsejado.-
2.- Justificativo por el cual se aconsejó la derivación a un centro de mayor complejidad para su tratamiento, concretamente al Hospital Italiano de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
3.- Si la misma posee obra social a la cual esté afiliada.-
Librese oficio Salud Pública para que conteste sobre los siguientes puntos.-
1.- Si se hicieron gestiones como consecuencia de la problemática que expone la amparista, en su caso, que tipo de gestiones, y cual fue el resultado obtenido de las mismas.-
Al Hospital Italiano de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que informe en el plazo de tres días de su notificación.-
1.- Si la paciente Zulema Antonia Cañuqueo fue atendida en dicho nosocomio por la Dra. Maria Dolores Matoso, en caso afirmativo, motivos, diagnóstico, estudios realizados y tratamiento aconsejado.-
2.- Si la paciente requiere tratamiento o intervención quirúrgica en forma inmediata y si ello se torna exigible para evitar alguna consecuencia dañosa irreversible en su salud.-
Los oficios deberán ser requerido con transcripción y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.399 del C.P.C.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
eneral Roca, de ENERO de 2009.
Sr. Director
HOSPITAL REGIONAL
A L L E N
OFICIO Nº
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CAÑUQUEO ZULEMA ANTONIA S/AMPARO" (Expte. 39.203-III-09) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III a cargo de la Dra. SUSANA TERESA BURGOS, Secretaría Ùnica a mi cargo, sito en calle San Luis Nº 850 de ésta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que informe: sobre la situación y antecedentes que obren en dicho nosocomio de la Sra. Zulema Antonia Cañuqueo, debiendo asimismo responder a los siguientes requerimientos en concreto.
1.- Si la Sra. Zulema Antonia Cañuqueo, es asistida en dicho organismo. En caso afirmativo, por qué profesional, motivos, diagnóstico, estudios realizados y tratamiento aconsejado.-
2.- Justificativo por el cual se aconsejó la derivación a un centro de mayor complejidad para su tratamiento, concretamente al Hospital Italiano de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
3.- Si la misma posee obra social a la cual esté afiliada.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 27 de ENERO de 2009.- ... líbrese oficio al Hospital de Allen para que brinde un amplio informe en el plazo de cuarenta y ocho horas
......CUMPLASE POR SECRETARIA. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, de ENERO de 2009.
Sr. Director
SALUD PUBLICA
OFICIO Nº
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CAÑUQUEO ZULEMA ANTONIA S/AMPARO" (Expte. 39.203-III-09) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III a cargo de la Dra. SUSANA TERESA BURGOS, Secretaría Ùnica a mi cargo, sito en calle San Luis Nº 850 de ésta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que informe: 1.- Si se hicieron gestiones como consecuencia de la problemática que expone la amparista, Sra. Zulema Antonia Cañuqueo, en su caso, que tipo de gestiones, y cual fue el resultado obtenido de las mismas.- La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 27 de ENERO de 2009.- ... líbrese oficio a SALUD PUBLICA para que conteste sobre los siguientes puntos en el término de cuarena y ocho horas...CUMPLASE POR SECRETARIA. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, de ENERO de 2009.
Sr. Director
HOSPITAL ITALIANO
B U E N O S A I R E S
OFICIO Nº
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CAÑUQUEO ZULEMA ANTONIA S/AMPARO" (Expte. 39.203-III-09) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III a cargo de la Dra. SUSANA TERESA BURGOS, Secretaría Ùnica a mi cargo, sito en calle San Luis Nº 850 de ésta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de que informe: en el plazo de tres días de su notificación.-
1.- Si la paciente Zulema Antonia Cañuqueo fue atendida en dicho nosocomio por la Dra. Maria Dolores Matoso, en caso afirmativo, motivos, diagnóstico, estudios realizados y tratamiento aconsejado.-
2.- Si la paciente requiere tratamiento o intervención quirúrgica en forma inmediata y si ello se torna exigible para evitar alguna consecuencia dañosa irreversible en su salud.-
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: "General Roca, 27 de ENERO de 2009.- ... líbrese oficio al HOSPITAL ITALIANO a fin de que informe en el plazo de tres días de su notificación....CUMPLASE POR SECRETARIA. Firmado Dra. Susana Teresa Burgos. Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
Sra. Juez:
INFORMO a Ud. que el día 30 de enero de 2009, recibi una llamada telefonica en la cual se comunico que remitirian a la brevedad la historia clinica de la amparista y que segun los registros de dicho organismo la misma requeria tratamiento de psiquiatria y nutrición y que el certificado medico acompañado es de una medica obstetra.-
SECRETARIA, 02 de febrero de 2009.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro