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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38565
Fecha: 2009-02-02
Carátula: CANDIA BARRA Nolfa S/ Amparo (Obra Social PROFE)
Descripción: acta providencia oficios
En la ciudad de General Roca, provincia de Rio Negro, siendo las 10,50 hs. del día 27 de enero de 2008, comparece ante mi Secretaria Autorizante la Sra. Nolfa Candia Barra, por derecho propio y manifiesta que la medicación que debe tomar por su enfermedad ha sido cubierta por el Programa Profe, hasta el día de la fecha, pero hoy le tenian que hacer entrega de Everolimus, Deltisona B, Bactrin Forte y Atorvastatin, y no le han cubierto la entrega por lo que corre serios riesgo su salud, solicitando en consecuencia se libre oficio a PROFE Ministerio de Salud Publica de la Provincia de Rio Negro a fin de que arbitre los medios necesarios para la provisión de dichos medicamentos, los que ya habian sido reconocidos por la resolución obrante en autos.- No siendo para mas se da por terminado el acto que previa lectura y ratificación firman los comparecientes por ante mi de lo que doy fe.-
General Roca, 27 de enero de 2009.-
Atento los antecedentes con que se cuenta y requiriendo el tratamiento que lleva la amparista una continuidad que no se puede ver entorpecida por la falta de la medicación prescripta, y a la vez evaluada en su oportunidad como indispensable, librese oficio al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA de la PROVINCIA DE RIO NEGRO a fin de que arbitre los medios necesarios para la provisión de la medicación, en el termino de 24 hs. bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
General Roca, 27 de enero de 2009
HOSPITAL FRANCISCO LOPEZ LIMA
PROGRAMA FEDERAL DE SALUD (PROFE)
GENERAL ROCA
Oficio Nro. 4/09
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CANDIA BARRA Nolfa S/ Amparo (Obra Social PROFE)" (Expte. 38565) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en Avda. Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de hacerle saber que deberá proveer en el plazo de 24 hs. a la Sra. Nolfa Candia Barra la siguiente medicación, EVEROLIMUS DELTISONA B; BACTRIM FORTE; ATORVASTATIN.-
A sus efectos se transcribe a continuación la orden que así lo dispone.- " General Roca, 27 de enero de 2009.- Atento los antecedentes con que se cuenta y requiriendo el tratamiento que lleva la amparista una continuidad que no se puede ver entorpecida por la falta de la medicación prescripta, y a la vez evaluada en su oportunidad como indispensable, librese oficio al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA de la PROVINCIA DE RIO NEGRO a fin de que arbitre los medios necesarios para la provisión de la medicación, en el termino de 24 hs. bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial.- Fdo. Susana Burgos Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
General Roca, 27de enero de 2009.
CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD PUBLICA
DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
VIEDMA
Oficio Nro. 3/09
Me dirijo a Ud. en estos autos caratulados "CANDIA BARRA Nolfa S/ Amparo (Obra Social PROFE)" (Expte. 38565) que tramitan por ante este Juzgado CIVIL Nro. III, Secretaría Ùnica, sito en Avda. Roca 1047 de esta ciudad, en los que se ha dispuesto librar el presente a fin de hacerle saber que deberá proveer en el plazo de 24 hs. a la Sra. Nolfa Candia Barra la siguiente medicación, EVEROLIMUS DELTISONA B; BACTRIM FORTE; ATORVASTATIN.-
A sus efectos se transcribe a continuación la orden que así lo dispone.- " General Roca, 27 de enero de 2009.- Atento los antecedentes con que se cuenta y requiriendo el tratamiento que lleva la amparista una continuidad que no se puede ver entorpecida por la falta de la medicación prescripta, y a la vez evaluada en su oportunidad como indispensable, librese oficio al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA de la PROVINCIA DE RIO NEGRO a fin de que arbitre los medios necesarios para la provisión de la medicación, en el termino de 24 hs. bajo apercibimiento de desobediencia a una orden judicial.- Fdo. Susana Burgos Juez.-"
Sin otro motivo, saludo atte.-
Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria
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Poder Judicial de Río Negro