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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0134/2005
Fecha: 2005-10-04
Carátula: BONORIS LAURA MARIA C/ OGGERO MARIA ALEJANDRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: PROVIDENCIAS DE ANGELA
EXPTE. Nº 0134/2005
CARATULA: BONORIS LAURA MARIA C/ OGGERO MARIA ALEJANDRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, octubre de 2005.-
Agréguese.-
Atento la naturaleza de la presente acción y dado que no resulta procedente la notificación bajo responsabilidad de la parte atento las características y efectos del traslado de demanda, a lo solicitado no ha lugar, debiéndose denunciar nuevo domicilio de acuerdo a lo previsto en el art. 330 inc. 2° del C.Pr., o en su caso estarse a las disposiciones que rigen los arts. 343, 145, 146, 147 y cc. del C.Pr..-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro