Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39022

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-23

Carátula: GARCIA SANCHEZ Edgar J. c/BARRUETO Javier S/ Diligencia Preliminar

Descripción: proveido.-

//neral Roca, 23 de DICIEMBRE de 2008.=

Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratificada.-

Ténagse presente la aclaración formulada y líbrese cédula para que manifieste el requerido sobre la ocupación.-

Al mandamiento de constatación en el domicilio real no ha lugar por improcedente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro