Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36840

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-19

Carátula: SACKS Javier Enrique c/GARCIA Alfredo S/ Sumario

Descripción: se aprueba liquid. inicia ejec.

General Roca, 19 de diciembre de 2008.-

Téngase presente lo manifetado y apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación practicada a fs. 1253 por la suma de $ 19.288,48 al 25.11.2008.-

Téngase por iniciada la ejecución de sentencia de Javier Sacks contra Alfredo García, por la suma de $ 19.288,48 en concepto de capital, con más la suma de $ 9.000 que se calculan para costas.-

Líbrese mandamiento de embargo por la sumas detalladas precedentemente.-

Para su cumplimiento desígnase OFICIAL DE JUSTICIA “AD HOC” al Sr./ra Horacio José Prosetto, quien actuará en tal caracter en la diligencia a realizar, asumiendo las responsabilidades legales inherentes al cargo conferido y quedando entendido que el mismo queda aceptado con su intervención en la diligencia, de la quedeberá levantar acta detallada de lo ocurrido y agregarla en autos dentro del TERCER día, bajo apercibimiento de remoción y sin perjuicio de las demás sanciones que en el caso correspondan. Not.

Cítese al deudor por el término de cinco días, conforme a lo dispuesto por los arts. 505 y 506 del C.P.C..-

Notifíquese al deudor en el domicilio constituido.-

Apruébase en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de honorarios del Dr. Néstor Fabián Fanjul por la suma de $ 6.585,94 al 26.11.2008.-

A fin de iniciar el expte. por separado de la ejecución de honorarios, acompáñense las copias respectivas.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Notifíquese al deudor en el domicilio constituído.-

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Poder Judicial de Río Negro