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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 15016-092-08
Fecha: 2008-12-18
Carátula: M.S.C.B. / SOCIEDAD LAGOS DE BARILOCHE S/ EJECUCION FISCAL S/INCIDENTE DE NULIDAD
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:15016-092-08
Tomo: 6
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 18 DE DICIEMBRE DE 2008.
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “MSCB C/SOCIEDAD LAGOS DE BARILOCHE S/EJECUCION FISCAL S/INCIDENTE DE NULIDAD”, expte. nro. 15016-092-08 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO: Que en el presente incidente se hace referencia -desde su inicio (fs. 5 y sigts.)- a las actuaciones principales, que no han sido elevadas.
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) REQUERIR ad effectum videndi et probandi la remisión de la causa principal: “Municipalidad de San Carlos de Bariloche c/ Lagos de Bariloche SRL.”; a cuyo fin: ofíciese. Libramiento y diligenciamiento del citado oficio, a cargo de la recurrente.
- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí resuelto, disponiendo que vuelvan los presentes a su instancia de origen para notificaciones y demás efectos.
LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro