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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 00287-032-08
Fecha: 2008-12-18
Carátula: CENTENO CLAUDIA MAITA / MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/ AMPARO Y MEDIDA CAUTELAR
Descripción: Interlocutoria
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:00287-032-08
Tomo: 6
Interlocutoria:
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 18 DE DICIEMBRE DE 2008.
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “CENTENO CLAUDIA MAITA C/MUNICIPALIDAD DE BARILOCHE S/AMPARO Y MEDIDA CAUTELAR”, expte. nro. 00287-032-08 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO: A los fines de cumplimentar con la ley 869 a solicitud de su representante -fs. 145vta.- corresponde regular al dr. Jorge L. Olguin la suma de $900 (10 jus).
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) REGULAR al dr. Jorge L. Olguin la suma de PESOS NOVECIENTOS ($ 900).
- - -II) INTIMAR al letrado interviniente a acreditar los aportes de ley, dentro del término de tres días, bajo apercibimiento de ejecución. Notifíquese a cargo de la peticionante de fs.145vta., dentro del término de tres días bajo apercibimiento de archivo.
- - -III) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro y protocolización
LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro