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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36960
Fecha: 2008-12-17
Carátula: GIMENEZ Osvaldo c/MELARAGÑO Esteban y otro S/ Sumario
Descripción: Para alegar
//neral Roca, 17 de diciembre de 2008.-
Certifíquese por Secretaría.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
Sra. Juez:
CERTIFICO que, teniendo a la vista los autos "GIMENEZ Osvaldo c/MELARAGÑO Esteban y otro S/ Sumario" (Exp. Nro. 36960), la clausura del término probatorio se encuentra firme habiéndose producido de la prueba ofrecida por la actora la DOCUMENTAL (fs. 3/31), TESTIMONIAL de Elsa Girago, Alicia Graciela Lizardia, Omar Pérez, Daniel Guerrero (fs. 211), PERICIALES MEDICA (fs. 189) y MECANICA (fs. 129). De la prueba del demandado Benedicto A. Coronel se encuentra producida la INFORMATIVA a Comisaría Tercera (fs. 145/48) y a Sanatorio Juan XXIII (fs. 138/42). De la prueba del demandado Esteban Melaragño se encuentra producida la DOCUMENTAL (fs. 73/82).-
Secretaría, 17 de diciembre de 2008.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
//neral Roca, 17 de diciembre de 2008.-
Atento el estado de autos y lo dispuesto por el art. 482 del CPC, pónganse los autos a disposición de las partes para ALEGAR, por su orden y por el término de SEIS días a cada uno.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro