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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38190
Fecha: 2008-12-16
Carátula: SOSA Alberto Alejandro y otra c/D'ORRIO Jose y Otras S/ Ordinario
Descripción: homologacion
//neral Roca, 16 de DICIEMBRE de 2008.=
Téngase presente la conformidad prestada por la Sra. Asesora de Menores del acuerdo arribado por las partes y homológase el mismo con fuerza de sentencia. NOT.
Del acuerdo efectuado, traslado a los presentantes de fs.83. NOT.
Téngase presente la renuncia formulada en la claúsula 6º, sin perjuicio de ello. a fin de cumplir con la ley 869, regulo los honorarios de los Dres. Julieta Berduc en la suma de $ 930.- Horacio Javier Caffaratti en $ 930.-, Claudio Alejandro López en $ 930.- Juan Bautista Justo en $ 777.- y Pablo A. Gutierrez Colantuono en $ 777.-, Bárbara Sánchez Pulgar en $ 370.- Rodrigo Romera Bueno en $ 370.- Luis Ancalao Pulgar en $ 370.- (M.B. $ 20.000.-.arts. 6, 7 y 19 ley 2212).-
Regulo los honorarios del perito Daniel Roberto Ambroggio en la suma de $ 500-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro