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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 39052
Fecha: 2008-12-16
Carátula: HERNANDEZ Teresa Santa y Otro c/ZABALA Julio Javier S/ Ordinario
Descripción: * contesta demanda
General Roca, 16 de diciembre de 2008.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Téngase por contestada en tiempo y forma la demanda por Julio Javier Zabala.-
De la documentación acompañada, traslado. Not.-
Acompáñese el bono ley 2897 art. 8º.-
Cítese en garantía en los términos del art. 118 de la Ley 17418 a la La Perseverancia Seguros S.A. con domicilio en Colón esquina Betolaza de la Ciudad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, por el término de veintitres días a fin de que comparezca en autos a ejercer sus derechos.-NOTIFIQUESE con entrega de las respectivas copias de traslado a cuyo fín líbrese cédula ley 22172 .-
La cédula precedentemente ordenada deberá ser despachadas en el término de CINCO días, todo ello bajo apercibimiento de tener por desistida a la citada en garantía.- NOT.-
Téngase presente la persona autorizada en el punto V de fs. 55 vta.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse depositado. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro