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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0555/2006
Fecha: 2008-12-15
Carátula: ARAMENDI ANA MARIA C/ ROSAS ELBA ALCIRA S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: ORDENA OFICIO P/COTIZAR-EMBARGO
EXPTE. N° 0555/2006
CARATULA: ARAMENDI ANA MARIA C/ ROSAS ELBA ALCIRA S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Viedma, diciembre de 2008.-
Toda vez que la documental acompañada carece de validez legal por tratarse de una impresión de internet, devuélvase la misma a su presentante.-
En consecuencia y teniendo en cuenta el estado de autos, líbrese oficio al Banco de la Nación Argentina para que informe la cotización oficial actual del dólar estadounidense.-
Sin perjuicio de ello y atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe la demandada Elba Alcira Rosas como empleada del Sanatorio Austral hasta cubrir la suma de $ 9.264 en concepto de capital reclamado -sujeta a liquidación definitiva-, con más la suma de $ 2.500 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
A lo demás, oportunamente.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro