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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32654III
Fecha: 2008-12-15
Carátula: GONZALEZ Patricia y GONZALEZ y Cía. S.H. S/ Quiebra
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 15 de diciembre de 2008.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " GONZALEZ PATRICIA y GONZALEZ y CIA S.H. s/ QUIEBRA " (Expte. Nº 32654-III-99).-
A fs.591 sindicatura solicita se regulen los honorarios profesionales para poder realizar el proyecto de distribución final.-
A fs.594 se dictan autos para resolver.-
Atento lo dispuesto por el art.218 de la ley 24522, y no habiendo más bienes a liquidar, corresponde regular los honorarios para que sindicatura proceda a realizar el proyecto de distribución final que prevé dicha norma. Cabe señalar al respecto que el único importe ingresado con posterioridad a la regulación realizada a fs.544 lo constituye la contribución realizada por el acreedor privilegiado, en los términos del art.244 del mismo cuerpo legal, que asciende a $ 6.400.-
Conforme con los argumentos expuestos por la Cámara de Apelaciones obrante a fs.570, corresponde tomar como monto base el 50% de ese valor, es decir la suma de $3.200.- a fin de no vulnerar los derechos de los acreedores. Con posterioridad a la subasta realizada en el concurso especial, no se ha denunciado la existencia de otros bienes, encontrándose el trámite paralizado, salvo actuaciones llevadas a cabo por terceros para lograr la autorización de venta de bienes no incluidos en el activo de la quiebra.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts.265 inc.4, 267 y 271 de la ley 24522.-
RESUELVO: Atento el estado de autos, regúlanse los honorarios profesionales de la Sra síndico Cra. María Graciela Paulovich en $ 2.240.- del Dr. Mariano Rossi a su cargo de $300.-, de los Dres. Oscar Pablo Hernández en $ 530.- y Santiago Nilo Hernández en $ 530.- (M:B: $ 3.200.- 50% de $ 6.400.- arts. 6, 6 bis, y 7 de la ley 2212 y arts.265 inc. 4, 267, 271 y cc de la ley 24522).-
Se fija en $ 97.- la contribución al Consejo Profesional de Ciencias Económicas por el aporte correspondiente a la regulación de la Cra. Paulovich.-
Publiquese edictos por un dia en el Boletin Oficial.-
Notifíquese, regístrese y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro