Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39144

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-12

Carátula: OBISPADO ALTO VALLE Rio Negro S/ Interdicto de Recobrar

Descripción: Ordena mandamiento

//neral Roca, 12 de diciembre de 2008.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Previo a todo, líbrese mandamiento de constatación en el que se requerirá identificación de los supuestos ocupantes, razón de su actitud y título en que basan la ocupación.

El mandamiento ordenado será diligenciado por el oficial de justicia del Tribunal con asiento en esta ciudad.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Deposítese en caja fuerte la documental acompañada.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota: de haberse depositado documental de fs. 25/26. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro