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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0653/2005
Fecha: 2008-12-12
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ VERA SALGADO RAUL ANDRES S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: RAUL ANDRES VERA SALGADO
Domicilio: LA PAMPA nº 449 Bº Sta. Clara (real)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ZAGARI NICODEMUS C/ VERA SALGADO RAUL ANDRES S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0653/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, diciembre 12 de 2.008.- Agréguese y atento el estado de autos, hágase saber al demandado la existencia de fondos remanentes. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras - Prosecretaria".-
NOTA: se le hace saber que la suma para cobrar es de $ 179,69 para su percepción deberá concurrir a este Juzgado munido de su documento de identidad cualquier día hábil dentro del horario de 8.00 hs. a 12.30 hs..-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de diciembre de 2008.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro