Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0087/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-12

Carátula: OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Descripción: pide caducidad test. en extraña jurisd.-debe traer actuac.

EXPTE. N° 0087/2008

CARATULA: OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO

Viedma, diciembre de 2008.-

Del planteo de caducidad de la prueba testimonial solicitado córrase traslado a la contraria por el término de ley.-

Toda vez que las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-

Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta las características de la prueba cuya caducidad se solicita y los fundamentos del planteo efectuado a los fines de evitar dispendios jurisdiccionales innecesarios y toda vez que a los fines de resolver resultaría necesario contar con las actuaciones originales o en su caso copias certificadas, requiérase su remisión al Juzgado correspondiente. Ofíciese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro