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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0087/2008
Fecha: 2008-12-12
Carátula: OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Descripción: pide caducidad test. en extraña jurisd.-debe traer actuac.
EXPTE. N° 0087/2008
CARATULA: OBAID MARIEL ELIZABETH C/ PROVINCIA DE RIO NEGRO S/ ORDINARIO
Viedma, diciembre de 2008.-
Del planteo de caducidad de la prueba testimonial solicitado córrase traslado a la contraria por el término de ley.-
Toda vez que las copias acompañadas carecen de validez legal por ser fotocopias simples, devuélvanse las mismas a su presentante.-
Sin perjuicio de ello, teniendo en cuenta las características de la prueba cuya caducidad se solicita y los fundamentos del planteo efectuado a los fines de evitar dispendios jurisdiccionales innecesarios y toda vez que a los fines de resolver resultaría necesario contar con las actuaciones originales o en su caso copias certificadas, requiérase su remisión al Juzgado correspondiente. Ofíciese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro