Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0927/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-12

Carátula: GUERRERO LUIS C/ SIERRA MARCELO CLAUDIO S/ EJECUTIVO

Descripción: PESIFICAR Y Y COTIZAR (ART. 520)

EXPTE Nº 0927/2008

CARATULA: GUERRERO LUIS C/ SIERRA MARCELO CLAUDIO S/ EJECUTIVO

Viedma, diciembre de 2008.-

Por presentado, parte y por constituído domicilio. Agréguese la documentación acompañada y resérvese en Secretaría el documento original.-

Atento lo expuesto, hágase saber que deberá denunciar concretamente el monto reclamado en moneda nacional y por el equivalente que corresponda, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del art. 520 del C. Pr..-

Sin perjuicio de ello, denúnciese a que localidad pertenece el domicilio del actor y complétese el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro G-32/08. Conste.-

Secretaría, diciembre de 2008.-

Angela Clara Contreras

Prosecretaria

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