Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0821/2008

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-12

Carátula: ARRIBAS JOSE EUGENIO C/ MORON ROSINDA S/ DESALOJO

Descripción: AUDIENCIA PRELIMINAR ART. 361 SUMARISIMO-Nueva

EXPTE. N° 0821/2008

CARATULA: ARRIBAS JOSE EUGENIO C/ MORON ROSINDA S/ DESALOJO

Viedma, diciembre de 2008.-

Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 4 de junio de 2009 a las 9,30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr..-

Notifíquese por Secretaría.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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