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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0188/2007
Fecha: 2008-12-09
Carátula: ZAGARI NICODEMUS C/ LAFQUEN LUIS ATILIO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO SUELDO
EXPTE. Nº 0188/2007
CARATULA: ZAGARI NICODEMUS C/ LAFQUEN LUIS ATILIO S/ EJECUTIVO
Viedma, diciembre de 2.008.-
Atento las constancias de autos y lo solicitado, trábese embargo sobre los haberes que percibe el demandado LUIS ATILIO LAFQUEN en las proporciones de ley, como empleado de la firma Juan Felipe Gancedo Sociedad Anónima, hasta cubrir la suma de $ 474,49 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 250 presupuestados provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la mencionada firma, haciéndole saber que las sumas retenidas deberán ser depositadas en el Banco Patagonia S.A. a la orden del suscripto y como perteneciente a autos.-
Tiénese presente la persona autorizada en el escrito a despacho.-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro