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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0903/2008
Fecha: 2008-12-09
Carátula: RITTA HORELI AELSA C/ VIVIENDAS RIONEGRINAS S.E. S/ DESALOJO
Descripción: PREVIO A TODO
EXPTE. Nº 0903/2008
CARATULA: RITTA HORELI AELSA C/ VIVIENDAS RIONEGRINAS S.E. S/ DESALOJO
Viedma, diciembre de 2008.-
Por presentados, parte y por constituido el domicilio.-
Agréguese la documental acompañada y resérvese en Secretaría la original presentada.-
Conforme lo dispone el art. 330 inc 1) del C.Pr., denúnciese el domicilio real de la parte actora.-
Previo a todo repóngase la suma de $ 151 en concepto de Impuesto de Justicia; $ 17,50 por Sellado de Actuación y $ 6,08 por Aporte al Colegio de Abogados.-
Sin perjuicio de ello, hágase saber que en su sucesivo los escritos deben ser presentados en debida forma ello teniendo en cuenta que al ser agregados a autos sea posible su correcta lectura (art. 118 del CPr.).-
s.b.s.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
NOTA: De haberse procedido a la reserva ordenada precedentemente bajo registro R-22/08. Conste.-
Secretaría, diciembre de 2008.-
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Poder Judicial de Río Negro