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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0705/2002
Fecha: 2008-12-09
Carátula: POBLETE DIDINA DEL CARMEN Y OTRA C/ ORELLANO MARIELA EDITH S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS
Descripción: SENT. MONIT. EJEC. DE HON. - CAPITAL - otros OJO ART.
Viedma, diciembre de 2.008.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: "POBLETE DIDINA DEL CARMEN Y OTRA C/ ORELLANO MARIELA EDITH S/ SUMARIO - COBRO DE PESOS", (Expte. Nº 0705/2002);
Y CONSIDERANDO:
Que el título es ejecutivo (art. 499 del Cód. Pr.).-
Que encontrándose reunidos los requisitos establecidos en los arts. 502 y 489 del Código Procesal Civil y Comercial, corresponde dictar sentencia monitoria.-
Por ello;
RESUELVO:
I.- Llevar adelante la ejecución en contra de MARIELA EDITH ORELLANO, condenándola a pagar a DIDINA DEL CARMEN POBLETE y MONICA LILIANA BRAVO la suma de $ 2.492 en concepto de capital, descontados que fueran los pagos realizados, e intereses que resultan de promediar las tasas activa y pasiva que aplica el Banco de la Nación Argentina desde las fechas correspondiente y hasta el 30/09/08 (conforme S.T.J. in re "CALFIN"), y de allí en más igual tasa hasta el efectivo pago; con más la suma de $ 500 que se presupuesta para intereses y costas, sujeta a la liquidación definitiva.-
II.- Imponer las costas del presente juicio a la ejecutada (Art. 68 del C. Pr.).-
III.- Conforme lo dispone el art. 508 del C.Pr. hágase saber a la ejecutada que dentro del plazo de 5 días deberá cumplir con lo ordenado en el punto I de la presente depositando las sumas allí consignadas u oponerse a la sentencia deduciendo las excepciones previstas en el art. 506 del código citado.-
IV.- Regular los honorarios profesionales de la Dra. Ethel Burgos en la suma de $ 270 (3 jus) (arts. 8, 40, 47 y 49 de la Ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
V.- Regístrese, protocolícese y notifíquese con las previsiones y recaudos establecidos en el art. 490 del C.Pr.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro