include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 35430
Fecha: 2008-12-09
Carátula: MENDEZ Blanca Flor c/RODRIGUEZ Eduardo Antonio S/ Usucapion (Ley 4142)
Descripción: regulacion.A Defensoria Silfeni.-
//neral Roca, 09 de Diciembre de 2008.-
En atención a lo peticionado y estado de autos, regulo los honorarios profesionales de la Dra. MARCELA YAPPERT en la suma de $ 675 y Dr. OSCAR PABLO HERNANDEZ en la suma de $ 945 MB:$ 9.652 - valuación acompañada a fs. 233) (arts. 6, 7 y 48 Ley 2212 RN).-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y compelidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla .-(arts. 6, 6 bis y 7 Ley 2212 RN).-
Notifiquese a las partes, a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-
Respecto del demandado, pasen los presentes al Desapcho del Sr. Defensor Oficial Dr.GAYA.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro