Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 39066

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-09

Carátula: HERRERA Rosa Ester y otra c/BARAZUTTI Damián S/ Ordinario

Descripción: se ordena cédula a citada en garantía.-

//neral Roca, 09 de Diciembre de 2008.-

Téngase presente lo manifestado y líbrese cédula a la citada en garantía aseguradora La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales al domicilio denunciado a los mismos fines que el ordenado a fs. 78.-

Déjase sin efecto la cédula Ley 22172 a Rosario Santa Fé ordenada a fs. 78 en virtud al nuevo domicilio deneunciado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro