Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36718

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-05

Carátula: CERUTTI Paola C/LENZI Bruno Hilario S/ Ejecución de Honorarios

Descripción: se ordena oficio Juz.5.-

//neral Roca, 05 de Diciembre de 2008.-

Al punto I y II, téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre el remanente que pudiere corresponder al demandado Bruno Hilario Lenzi en los autos caratulados: SALAS MUÑOS JOSE HERNAN C/LENZI BRUNO HILARIO S/EJECUTIVO Expte.No 32125-JC 5-Año 2008 a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese oficio al Juzgado Civil No CINCO-Secretaria UNICA con asiento en esta ciudad, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 483 en concepto de capital con más la de $ 300 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifíquese al demandado el embargo precedentemente ordenado.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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