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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38143
Fecha: 2008-12-03
Carátula: LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario
Descripción: Acta Audiencia Prueba
Autos: "LLAUPE Samuel c/GULLELO Claudio S/ Ordinario" (Expte. Nro. 38143)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 2 de diciembre de 2008 , a las 9 horas, comparecen ante SS, el Sr. SAMUEL LLAUPE, con el patrocinio de Dr. Francisco Quiroga y el Dr. Manuel Andrada quien lo hace a su vez como gestor procesal de la Citada en garantía ESCUDO SEGUROS S.A. y patrocinante del Sr.CLAUDIO GULELO, debiendo ratificar oportunamente la gestión . Abierto el acto se deja constancia que para la audiencia de prueba del día de la fecha comparecen en calidad de testigos el Sr. José Osvaldo León D.N.I. 11.001.031, argentino , mayor de edad, concubino, empleado, domiciliado en barrio primero de mayo calle Los Robles casa Nº 3 de Allen. En este estado comparece el Sr. Claudio Gulelo. Comparece otra persona citada como testigo quien dijo ser y llamarse: Juan José Haro D.N.I. 28.155.0002, argentino, mayor de edad, soltero, empleado, domiciliado actualmente en Nicolás Tarifa 988 de Allen, Río Negro. En este estado se recibe la confesional del Sr. Gulello. En este estado el Dr. Andrada manifiesta que con motivo de que se ha prolongado el período probatorio en razón de que no se ha podido producir aún la pericial mecánica accidentológica, y que por ello no produciría una dilación del proceso la petición de audiencia del testigo ofrecido por su parte, que en este momento no encuentra la cédula diligenciada para la presentó en la oficina de mandamiento demostrando con ello su actividad impulsora por lo que solicita se fije audiencia complementaria para el testigo Hugo Jauregui. En razón de lo expuesto y estando pendiende de producción la prueba pericial se tiene presente y a fin de comprobar la diligencia que ha invocado el Dr. Andrada se le concede dos días para su exhibición en el Tribunal y de este modo fijar la audiencia solicitada. No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro