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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 28252III
Fecha: 2008-12-03
Carátula: CAYUMIL Marcelo y PAINEMAL Milagros S/ Divorcio
Descripción: a Rentas//providencia
General Roca, 03 de diciembre de 2008.-
Advirtiendo en este estado que el expte. se encuentra erróneamente foliado a partir de fs. 16 procédase a refoliar por Secretaría.-
Proveyendo a fs. 52: Atento el tiempo transcurrido, acompáñese condiciones de dominio, gravámenes e inhibiciones del inmueble y del automotor que integran la sociedad conyugal.-
Hágase saber al presentante que deberá acreditar que se inscribió el divorcio decretado en autos.-
Pasen las presentes actuaciones en Vista a Rentas.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.-
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro