Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 33308IV

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-02

Carátula: CREDIL S.R.L. c/PALMARES María Rosa S/ Ejecutivo

Descripción: Ordena levant.embargo//A CHEQUE

//neral Roca, 02 de diciembre de 2008.-

Agréguese y procédase al levantamiento del embargo trabado en autos, a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora (Consejo de Educación de Rio Negro).-

Hágase saber a la demandada que existe saldo a su favor. Notifíquese.-

Líbrese cheque a la orden de MARIA ROSA PALMARES por la suma de $257,96 en concepto de: remanente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En se libró cheque Nro. . Conste.-

En retiro cheque. Conste.-

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Poder Judicial de Río Negro