include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33308IV
Fecha: 2008-12-02
Carátula: CREDIL S.R.L. c/PALMARES María Rosa S/ Ejecutivo
Descripción: Ordena levant.embargo//A CHEQUE
//neral Roca, 02 de diciembre de 2008.-
Agréguese y procédase al levantamiento del embargo trabado en autos, a cuyo efecto líbrese oficio a la empleadora (Consejo de Educación de Rio Negro).-
Hágase saber a la demandada que existe saldo a su favor. Notifíquese.-
Líbrese cheque a la orden de MARIA ROSA PALMARES por la suma de $257,96 en concepto de: remanente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En se libró cheque Nro. . Conste.-
En retiro cheque. Conste.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro