Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38383

N° Receptoría:

Fecha: 2008-12-01

Carátula: RODRIGUEZ Blanca S/ Sucesión Testamentaria

Descripción: Regulación

CERTIFICO: que por ante este Juzgado Civil Nº 3 tramitan los autos "AGUAS Rionegrinas SA C/RODRIGUEZ Blanca S/SucesionS/EJECUTIVO" (Expte. 38.385-III-08) que originariamente tramito por ante el Juzgado Civil Nº 1 bajo Expte.Nº 383-I-07, en los cuales a fs. 51 obra escrito de fecha 04-07-08 presentado por la apoderada de Aguas Rionegrinas SA manifestando que se ha abonado la totalidad de la deuda. No se ha cumplimentado con DGR.

Secretaria, 01 de DICIEMBRE de 2008.=

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 01 de DICIEMBRE de 2008.=.

Regulo los honorarios del Dr. Eduardo Saint Martin en la suma de $ 30.000.- -(M.B. $ 165.785,11.- .arts. 6, 7, 24 y 43 ley 2212).-

A la regulación de los albaceas no ha lugar por no corresponder.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis y 7 ley 2212 RN).-

Notifíquese y cúmplase con la ley 869.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

<*****>




 

Poder Judicial de Río Negro