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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0335/2008
Fecha: 2008-11-28
Carátula: CARUCCI HUGO Y OTROS C/ EDITORIAL RIO NEGRO E ITALO PISANI S/ ORDINARIO S/ OFICIO
Descripción: HONOR.ABOG.DILIG.DE OFICIO -peritos y consultores
EXPTE. N° 0335/2008
CARATULA: CARUCCI HUGO Y OTROS C/ EDITORIAL RIO NEGRO E ITALO PISANI S/ ORDINARIO S/ OFICIO
Viedma, noviembre de 2008.-
Atento lo peticionado, constancias de la causa y las tareas realizadas, regúlanse los honorarios del Dr. Dres. Miguel Angel Galindo Roldán y Rafael Augugliaro, en conjunto en la suma de $ 900 (10 jus) (arts. 6 y 8 ley 2212).-
Asimismo, regúlanse los honorarios de la perito psicóloga sra. Luisa Altschuller en la suma de $ 1.000 y los de los consultores técnicos sres. Gustavo López Fané y José Paulo Morán en la suma de $ 400 para cada uno.-
Notifíquese y cúmplase con la ley 869
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro