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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32842III
Fecha: 2008-11-28
Carátula: PORRINO Angel Alberto y GELVES Beatriz S/ Quiebra
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 28 de noviembre de 2008.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " PORRINO ANGEL ALBERTO y GELVES BEATRIZ s/ QUIEBRA " (Expte. Nº 32.842-III-03).-
A fs.234 se presenta la Dirección General de Rentas de la Provincia de Rio Negro y solicita verificación de su crédito en la quiebra de los Sres. Angel Alberto Porrino y Beatriz Gelves. La causa que invoca es la falta de pago del impuesto inmobiliario de los inmuebles DC 061-B-703 5 y DC 061-B-506 05 A, practica liquidación, y concluye que respecto del inmueble 061-B-703 05 la deuda asciende a $ 3.664,60 y por el identificado 061-B-506-05A a $ 807,10.-
Expresa que por el capital el carácter del crédito es privilegiado y por concepto de intereses es quirografario, ofrece prueba y funda en derecho.-
A fs.369 se expide la sindicatura y a fs.370 se dictan autos para resolver.-
Atento la documentación aportada por el ente de recaudación provincial y el pormenorizado dictamen de la sindicatura, se comparten los argumentos que expone, ya que de la documentación acompañada surge la causa origen de la deuda, así como el monto pretendido. En razón de ello corresponde hacer lugar a la verificación solicitada por la entidad recaudadora oficial, en los términos y por los montos propuestos por la Sra. Síndico.-
Por los fundamentos expuestos y lo dispuesto por los arts.33, 36, 202 y cc. de la ley 24522.-
RESUELVO: Hacer lugar a lo solicitado por la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y en su consecuencia VERIFICAR el crédito insinuado en la QUIEBRA de ANGEL ALBERTO PORRINO y BEATRIZ GELVES por las sumas de $ 2.739,69 con privilegio especial art.241 inc.3 ley 24522 y $ 1.732,07 como quirografario.-
Tratándose de un trámite previsto por el art.202 de la LCQ, no se imponen costas ni se regulan honorarios.-
Notifíquese y regístrese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro